miércoles, 23 de diciembre de 2009

CONSECUENCIA, COHERENCIA, CONVICCIÓN Y DIGNIDAD REGIONALISTA

CONSECUENCIA, COHERENCIA, CONVICCIÓN Y DIGNIDAD REGIONALISTA

Antes del próximo Consejo General del PARTIDO REGIONALISTA DE LOS INDEPENDIENTES (P.R.I.) que se celebrará, probablemente, el 28 de diciembre de 2009 – día de los inocentes – es necesario profundizar sobre la interpretación y el significado de ciertos conceptos básicos, como Consecuencia, Coherencia, Convicción y Dignidad regionalista en los que se pueden resumir las conductas por las que se deben regir, especialmente, los dirigentes, en quiénes las bases han depositado su confianza, para hacer creíbles las propuestas impulsadas por el regionalismo y poder alcanzar el objetivo de hacerlas realidad.

Si se ha sostenido, por ejemplo, que el Partido Regionalista de los Independientes nació con el objetivo de constituirse en una opción a la alternativa de la Alianza y de la Concertación, no se puede, en consecuencia, suscribir alianzas con ninguna de esas coaliciones.

Coherencia, por su parte, es la relación o conexión entre lo que se dice y lo que se hace. Si afirmamos nuestro respeto a la institucionalidad partidaria no podemos, entonces, utilizando subterfugios, no acatar los preceptos reglamentarios de los estatutos que nos rigen.

Por otra parte, si pretendemos anteponer los cálculos electorales, o las ventajas y prebendas que se pudiesen obtener gracias a un buen acuerdo donde debamos transigir nuestros principios, quiere decir que nuestras convicciones no son solidas sino débiles, poco creíbles, manipulables, sin sustento y acomodables a espurios intereses.

Finalmente, la dignidad, sinónimo de decencia, decoro, mesura, integridad, honestidad, nobleza, honor, grandeza y respeto por sí mismo, entre otros muchos vocablos de similar, o parecida significación, requiere de los regionalistas la voluntad de respetar la institucionalidad partidaria y de exigir, sin temor a las represalias, que todos y en toda circunstancia aquella institucionalidad se respete, así como la libertad de conciencia y los derechos inalienables consagrados en los preceptos de sus normas reglamentarias. Aquellos que, por una u otra razón, tienen una dependencia laboral y compromisos, o acuerdos, con la autoridad partidaria que les reporten beneficios económicos o de otra naturaleza, deben asumirlos con responsabilidad, pero sin subordinar su dignidad, su independencia ideológica y su libertad de expresión por miedo a perder dichos favores.

El silencio es, para algunos, una excusa cuando, en realidad, es una grave falta, una deslealtad partidaria y una inexcusable cobardía, pues hace cómplices a los que lo guardan de los latrocinios que se cometan con su conocimiento. Caso concreto tenemos al respecto lo que se ha dado en sostener, con fines espurios, que el Consejo General es SOBERANO, para eludir el cumplimiento de los Estatutos, lo que implicaría que los Estatutos estarían de más y serían sólo letra muerta, ya que el Consejo General podría adoptar cualquier determinación sin sujetarse al cumplimiento de ninguna norma.

Para aclarar esta situación transcribo lo que textualmente dice el artículo SEXTO de los Estatutos, como botón de muestra y para que cada uno lo pueda analizar.

SEXTO: EL Consejo General es la autoridad máxima del partido, se reunirá ordinariamente a lo menos una vez por año y en forma extraordinaria cuando lo convoque el presidente del Partido. Son sus atribuciones: a) Elegir a los miembros del Tribunal Supremo. b) Impartir orientaciones al Presidente y tomar acuerdos sobre cualquier aspecto de la marcha del Partido, c) Aprobar o rechazar el balance, d) Proponer a los afiliados las modificaciones a la declaración de principios, la reforma de estatutos, la disolución del partido, la fusión con otro u otros, la aprobación de un pacto electoral en elecciones de parlamentarios o su retiro del mismo y la persona del candidato a la presidencia de la República, proclamándola oportunamente como tal; e) Aprobar o rechazar las proposiciones de los Consejos Regionales para la designación o apoyo a candidatos a senadores y diputados en las respectivas circunscripciones y distritos; f) Requerir del Presidente del Partido que convoque a los afiliados a pronunciarse de acuerdo con el artículo número veintinueve de la Ley número dieciocho mil seiscientos tres. El Consejo General tendrá además las funciones que se establecen en este estatuto y los reglamentos del Partido.

El artículo 9° señala, a su vez, que las votaciones del Consejo General son secretas.

El artículo 10° establece que los miembros de la Directiva Central, incluido el Presidente, deben tener un año de antigüedad en el partido.

Como es fácil apreciar en ninguna parte dice que el Consejo General es soberano, por el contrario, expresamente señala en la letra d del artículo 6° que su atribución es solamente proponer a los afiliados reformas a los estatutos. Todas las normas señaladas, y otras omitidas, no han sido cumplidas sino que han sido transgredidas y violentadas deliberadamente con la anuencia del Tribunal Supremo para instalar, ilegítimamente, fruto de acuerdos personales que atentan contra la dignidad de toda la militancia, a determinadas personas en los cargos máximos de la colectividad, con la complicidad del Tribunal Supremo y de quiénes han guardado silencio culpable ante estos atropellos.

La situación debe y puede ser corregida por la Directiva Central y por el Consejo General, para restablecer la dignidad vulnerada y los derechos conculcados de las bases partidarias. No podemos olvidar que los parlamentarios, Consejeros Generales por derecho propio, cuya tarea como congresistas es legislar y fiscalizar, es doblemente relevante y trascendente en estas circunstancias y en el próximo Consejo General donde se adoptarán tan importantes acuerdos para la unidad, supervivencia y el futuro del PARTIDO REGIONALISTA DE LOS INDEPENDIENTES.

Si la intención es deshacerse de todos los regionalistas, de cambiarle el nombre al partido y de transformarlo en una colectividad social cristiana, que los usurpadores tengan, por lo menos, la valentía de decirlo con la franqueza que caracteriza y dignifica a los verdaderos regionalistas.

Para terminar, estimados camaradas, permítanme hacer una reflexión como regionalista sobre lo que, a mí parecer, como debiera pronunciarse el Consejo General en la convocatoria del próximo lunes en relación a la segunda vuelta presidencial.

Creo que la postura más racional es la asumida por la diputada Alejandra Sepúlveda: Votar en conciencia o, lo que es lo mismo, decretar libertad de acción. Tal decisión es consecuente y coherente con la propuesta fundacional del P.R.I., única salida viable frente al profundo daño causado con la extemporánea declinación del senador Adolfo Zaldívar a su postulación presidencial, que dejó al partido sin candidato, sin respaldo a los aspirantes al parlamento y sin la franja electoral televisiva.

Cualquier acuerdo que signifique abanderizarse con uno de los dos candidatos no se cumplirá cabalmente y producirá un quiebre partidario irreparable, habida consideración los orígenes de cada una de las vertientes de las que el partido, como organización transversal, se ha alimentado.

Permitir el voto en conciencia es una forma de salir airoso en esta encrucijada, sin comprometer la unidad partidaria y la opción del P.R.I. de continuar promoviéndose como un referente distinto a las dos coaliciones.

Por último, vayan para cada uno de ustedes mis deseos de unas felices fiestas de fin de año junto a sus seres queridos, y que el nuevo año nos traiga unidad, consecuencia, coherencia y respetabilidad partidaria para hacer realidad nuestros sueños de una nueva forma de hacer política, ajenas a las malas prácticas institucionalizadas, y de una Patria más justa y solidaria.

Fraternalmente

Víctor Catalán Polanco

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