¿Tenemos los chilenos ya candidatos presidenciales? Creo que aún faltan dos trámites esenciales: el pronunciamiento de los afiliados, según lo disponen los artículos 26, 29 y 30 de la Ley 18.603 de Partidos Políticos, y el trámite final de la inscripción oficial.
Por el momento, en apariencia, sólo tenemos candidatos elegidos y proclamados por las cúpulas partidarias (salvo la de Marco Enríquez), sin participación oficial y legal de los afiliados a los partidos que sustentan las candidaturas. Estaríamos, entonces, a la espera que las instituciones funcionen para que estas candidaturas sean ratificadas de conformidad a ley, no para evitar que en su oportunidad puedan ser impugnadas, sino que, primordialmente, para legitimarlas con la debida participación ciudadana de una verdadera democracia.
El Editor
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